CARACTERÍSTICAS:

BBVA y el INSTITUTO DE CREDITO OFICIAL (ICO) han firmado un acuerdo de financiación para facilitar el descuento por las Entidades Financieras de las facturas o certificaciones correspondientes a obras y servicios realizados por autónomos o empresas, a las Entidades Locales, mediante la cobertura por el ICO del 100% del principal de dichas facturas o certificaciones.

RECURSOS DISPONIBLES:

El importe total de esta Línea ICO, es de TRES MIL MILLONES DE EUROS, que podrá ser ampliado hasta el límite del 25% del importe anual de las entregas a cuenta de la Participación de las Entidades Locales en los Tributos del Estado del año 2009 (PTE-2009), y cuya cuantía es de 14.540 millones de euros.

Se establece asimismo un límite de aval por Entidad Local correspondiente al 25% de la PTE-2009 que le corresponda.

Si desea más información, puede acercarse a su oficina habitual de BBVA, donde se le informará en detalle o bien puede obtener información a través de correo electrónico o en nuestro Centro de Atención Telefónica 900 33 55 88.

REQUISITOS:

La fecha de expedición de la factura o certificación debe ser anterior al 24 de abril de 2009.

La fecha en la que la Entidad Local se haya comprometido a pagar las facturas o certificaciones, deberá ser anterior al 1 de diciembre de 2009.

VIGENCIA:

El presente convenio estará vigente hasta el 31 de diciembre del 2.009. No obstante, el plazo para efectuar el abono del anticipo termina el 31-07-2009.

ÁMBITO TERRITORIAL:

El ámbito territorial de aplicación de este convenio será el Estado Español.

TRAMITACIÓN:

En cualquier oficina BBVA.

Si desea más información, puede acercarse a su oficina habitual de BBVA, donde se le informará en detalle o bien puede obtener información a través de correo electrónico o en nuestro Centro de Atención Telefónica 900 33 55 88.

OBJETO DEL AVAL:

El ICO avala el 100% del principal de las facturas o certificaciones endosadas por los autónomos y las empresas al Banco, con los límites establecidos en este Convenio, correspondientes a obras o servicios realizados ante las Entidades Locales.

IMPORTE MÁXIMO DE ENDOSO POR EMPRESA:

El importe del endoso acogido a esta Línea será de hasta el 100% de la certificación o documentos que acrediten la realización total o parcial de la obra o servicio, con el límite de 300.000 euros (IVA incluido) por autónomo o empresa, computable en una o varias certificaciones o documentos acreditativos.

PLAZO PARA EFECTUAR EL ENDOSO:

Se podrán acoger a esta línea de avales las cesiones de derecho de cobro realizadas por los autónomos y empresas al Banco entre el 24 de abril de 2009 y el 31 de julio de 2009, ambos inclusive.

TIPO MAXIMO DE DESCUENTO DEL ENDOSO:

El tipo máximo de descuento del endoso acogido a esta Línea será de hasta un 5% sobre el importe de la factura o certificación de obra o servicio (IVA incluido), que se descontará de una sola vez en la fecha del endoso.

MODALIDAD DE ENDOSO:

El Convenio permite que el endoso pueda ser realizado bien mediante la modalidad de CONFIRMING (cuando la Entidad Local tenga Línea de Confirming en la Entidad de Crédito), o bien mediante el correspondiente ACUERDO DE CESIÓN, con notificación fehaciente a la Entidad Local, y la consiguiente toma de razón por ésta. En éste último caso, se instrumentará a través del producto FACTORING.

En el segundo caso, para que la Entidad de Crédito proceda a realizar el endoso, el cliente debe disponer de los dos Anexos siguientes:

Certificación del Secretario/a de la Entidad Local, de acuerdo con el informe que expida el Interventor/a o el Tesorero/a de ésta, por el que se ha producido el reconocimiento de la obligación a cargo de la misma.

Notificación fehaciente a la Entidad Local de cada Acuerdo de Cesión efectuado por la empresa o autónomo y la ENTIDAD DE CRÉDITO con la consiguiente Toma de razón por parte de la Entidad Local.

Más información Aqui